sexta-feira, junho 26, 2015

Livro publicado



PRESENTACIÓN


No es simple, en el espacio de tiempo necesariamente breve de una Presentación, informar de un trabajo científico y, al mismo tiempo, de divulgación, como es el caso de este último esfuerzo de Lucas Abreu Barroso. Como socio fundador y Presidente de la Unión Mundial de Agraristas Universitarios debo, en primer lugar, resaltar que esta publicación, escrita en español por un Autor cuya lengua materna es el portugués, se inserta perfectamente en los objetivos estatutarios de la UMAU, considerando que está dirigida a informar su contenido a un público de juristas mucho más amplio.

En cuanto jurista agrario, me siento particularmente feliz con la elección de una temática de teoría general del derecho, más específicamente del derecho agrario, que contribuye, sin duda, para la construcción sistemática da nuestra materia y al conocimiento de esta por una amplia área de juristas.

Este es un ejemplo a ser seguido, de la misma forma que también intenté hacerlo con la publicación de mi “Syntesis de derecho agrario”, hace muchos años, dedicada a América Latina, y que fue posible gracias al ánimo y colaboración de Ricardo Zeledon Zeledon, de Costa Rica, a quien le estoy inmensamente agradecido.

En esa ocasión, me encargué de divulgar el derecho agrario italiano; hoy, Lucas Abreu Barroso abre una puerta para el mundo de los juristas en relación al derecho agrario de Brasil, particularmente a la “Doctrina” del derecho agrario brasileño, con numerosas citas y referencias puntuales.

A partir de la lectura atenta del contexto abordado, emerge, desde el punto de vista filosófico-jurídico, una gran especulación lógica del Autor y una preparación cultural fuera de lo común... ¡no solo jurídica!

El derecho es una de las principales ciencias humanas y, en estas páginas, se identifica de manera muy clara y visible todo el humanismo de Lucas Abreu Barroso, además de su entusiasmo, que debe llevar al jurista a nuevas metas y a la continua innovación y revisión de los “institutos” que son (según la clásica y atemporal enseñanza de Antonio Carrozza) las piezas que componen cada construcción y mosaico jurídico, vale decir, el derecho.

Es apreciable, en particular, el hecho de el Autor jamás detenerse en digresiones o comentarios sobre aspectos “únicos” de la legislación o norma agraria brasileña (que en cada país y en todos los órdenes jurídicos son contingentes y temporarios), pero se ocupa de la Teoría General y Doctrina, que permanecen, a mi ver, inmortales.

Es muy interesante también la referencia a la Política Agraria, que el Autor, muy oportunamente, relaciona al Derecho y a los perfiles constitucionales, en tanto que en Italia el estudio de esta siempre fue prerrogativa de los economistas agrarios, desde el inicio del siglo XX.

En síntesis, sin entrar demasiado en las particularidades que dejamos a la lectura del trabajo de Lucas Abreu Barroso, prefiero concluir dando al Autor la oportunidad de reabrir el debate, con gran experiencia, sobre temas como la naturaleza jurídica de la Actividad agrícola (tan apreciada por A. Carrozza) o sobre el debate entre el Derecho Agrario y el Derecho Ambiental que él enfrenta en cuanto jurista privado, concluyendo que el Derecho Ambiental es un derecho “horizontal”. En Europa, este siempre fue considerado un derecho “transversal” en el ámbito comunitario, pero tal vez estemos diciendo la misma cosa.

Muchas gracias Lucas, por haber reencendido la comparación entre estos argumentos. Nuestra UMAU necesita de contribuciones desinteresadas académicamente y de alto nivel.

Pisa, 25 de junio de 2015

Alfredo Massart
Presidente de la UMAU
Catedrático de Derecho Agrario en la SSSUP